Como empleador es clave que sepas todo sobre la regulación legal de los días y horas de trabajo. Un tema de gran importancia es la jornada extraordinaria, que se define como aquella que excede el máximo de horas legales o el pactado en el contrato. Su relevancia está en el hecho de que las empresas deben considerar que se les puede aplicar una multa por no pagar horas extra.
La ley establece la obligatoriedad del pago de la jornada extraordinaria. Además, no hacerlo significaría incumplir la legislación vigente respecto a las remuneraciones. Por otro lado, es fundamental tener presente que las horas extra deben pagarse con un recargo del 50%.
¿A qué multas se enfrenta una empresa por no pagar horas extra?
Ahora tienes claro que, en efecto, la compañía puede ser acreedora de una multa por no pagar estas remuneraciones a sus empleados. También es importante saber qué sanciones involucran este incumplimiento de Ley.

- No pagar las horas extras implica una multa de 3 a 60 Unidades Tributaria Mensuales (UTM).
- No tener un pacto escrito entre empleador y trabajador para laborar horas extras conlleva una sanción de 3 a 60 UTM.
- No pagar las cotizaciones previsionales que correspondan a la jornada extraordinaria implica una multa de 3 a 60 Unidades de Fomento (UF). Dado que estas horas forman parte de la remuneración del trabajador, la empresa está en la obligación de hacer los respectivos aportes previsionales.
¿Cómo evitar una multa por no pagar horas extra?
Básicamente, se evita pagando las horas extraordinarias que correspondan al trabajador. Para el cálculo, la Ley establece el siguiente parámetro, basado en contratos de 45 horas semanales y con un sueldo mensual.
Es necesario dividir el salario entre 30 (que son los días del mes), posteriormente multiplicarse por 28, y el resultado dividirlo entre 180. De este modo se obtiene el valor de cada hora ordinaria de trabajo. Hecho esto, se le debe recargar el 50% para finalmente obtener el monto de la hora extraordinaria.
Un punto que deben tener presente tanto las empresas como los trabajadores, es que para el cobro de las horas extra estas tienen que estar inscritas en el registro de asistencia. El empleador debe asegurarse de llevar este registro y los empleados de anotar las horas. De lo contrario, estos no podrán cobrarlas.

Asimismo, se debe considerar que el derecho al cobro de horas extra prescribe. Es decir, una vez transcurridos seis meses después de la fecha en que debieron ser pagadas, ya no existe la obligación de pagarlas.
Para evitar inconvenientes, lo mejor es apegarse a la Ley. Si tienes dudas sobre estos temas, consulta con expertos legales.






