La crisis del coronavirus ha dejado a muchas empresas en una situación vulnerable, y por ende también a sus trabajadores. Para tratar de paliar la situación se creó la Ley de Protección al Empleo y el Pacto de Suspensión del Contrato de Trabajo, que es un beneficio legal de esta ley que permite que los empleadores y trabajadores apliquen la suspensión laboral, pero sin que esta se extinga.
Muchas empresas se han acogido a este beneficio porque su sector se ha visto afectado por la pandemia y por ende, no pueden sufragar las obligaciones contractuales con sus empleados. Sin embargo, algunas tienen dudas sobre la aplicación del pacto de suspensión laboral, específicamente sobre si es posible despedir trabajadores mientras esté vigente.
Despido de trabajadores con el pacto de suspensión laboral vigente
Si tienes dudas sobre si es posible despedir empleados durante la suspensión laboral, la respuesta es no. Este beneficio ha sido creado precisamente para proteger a los empleados, por lo que mientras dicho pacto está vigente, no será posible terminar un contrato de trabajo por la causal necesidades de la empresa ni tampoco por caso fortuito o fuerza mayor derivado de Covid-19.
El periodo de amparo del pacto de suspensión laboral tiene una vigencia de 6 meses, aunque también estará vigente si existe una declaración de Estado de Catástrofe. Sin embargo, una vez terminado el periodo de protección, la empresa sí puede despedir al trabajador, siempre y cuando sea un despido ajustado a derecho.
Es importante acotar que la empresa debe tener claro que el hecho de haber tenido una suspensión laboral, la ley no lo exime de sus obligaciones establecidas en el Código del Trabajo. Esto quiere decir que si al trabajador le corresponde alguna indemnización, sea la sustitutiva del aviso, de años de servicio o por vacaciones (en caso de que las tenga acumuladas), el empleador debe hacerse cargo.
Las indemnizaciones deben calcularse tomando en cuenta el último salario vigente antes de la suspensión laboral. Además, el tiempo que el contrato estuvo suspendido también entra en el cómputo de los años de antigüedad, en caso de que aplique tal indemnización.
Es importante que la empresa tenga en cuenta esta información para evitar inconvenientes y no terminar contratos durante la suspensión laboral, ya que la ley lo prohíbe expresamente.







Hola estaba con suspensión de trabajo y mi seguro de cesantía me cubría hasta enero pero el 2 de noviembre me reintegraron y me despidieron el 6 de noviembre es legal eso
Buenos días, si estaba con suspensión y lo despidieron no es legal.
Saludos,
Si la despidieron por necesidades de la empresa es legal.
Hola buenas tardes, me encontraba con suspensión laboral vigente hasta fin de mes (30 de Noviembre) y mi empleador me entrego carta de aviso a inicio del mes (01 de Noviembre) con fecha de desvinculación 01 de diciembre, por lo que NO incluyo el mes de aviso en el finiquito, es legal?
Sí es legal, eso quiere decir que para no pagarle el aviso previo, le avisa con un mes anticipación y diciembre debe trabajarlo.
Saludos,
buenas tardes, mi abuelo tenia suspension de trabajo supuestamente hasta marzo del 2021, el ocnsulto en la inspeccion del trabajo.
el dia 30 lo llamaron diciendo que debian conversar con el y el le pregunto si era para presentarse a trabajar y le dojeron que debian hablar en persona. por temas personales el pudo asistir el dia 3 de diciembre para ir a conversar con ellos y le salieron con la sorpresa de que estaba despedido por no asistir a trabajara 2 dias seguidos. como es posible si tiene suspension de trabajo? no deben notificarle con anticipacion si debe asistir a trabajar? ahora el fue a la afp y tiene fecha de suspension hasta el 4 de diciembre, fecha modificada.
siento que todo lo hicieron bajo la mesa. el es abuelo y lleva trabajando desde el 2012, nunca se tomo vacaciones y ahora con esta sorpresa poco grata no le pagaran ninguna indemnizacion…
es legal todo esto? se puede apelar en la inspeccion del trabajo?
Está mal despedido, contácteme por whatsapp al +569 81367177.
Saludos,
Estoy con suspensión laboral y ,queremos llegar a un acuerdo.que artículo se puede usar para optar aal fondo de cesantía solidario.. gracias
El fondo solidario opera por que se le acabó su fondo, no tuene que ver con algún acuerdo con el empleador.
Hola quero informarme un poquito lo qué pasa que de qué empezó la pandemia estoy con mi contrato suspendió cómo saber cuándo debo volver si no tengo contacto desde que me suspendieron el contrato con nadie de la empresa y ellos pueden echarme por no asistir sin seber que yo devo volver volver será legal
Comuníquese con su empleador por cualquier medio escrito informando de la situación y después vaya a la empresa.
Un trabajador está con suspensión laboral. Durante dos meses recibió el seguro de cesantía del Afc. Entremedio procedió a jubilarse. Al empezar a recibir la pensión, AFC le suspendió los pagos por estar recibiendo la pensión mínima
Es responsabilidad del empleador pagar los montos no pagados por el AFC???
El empleador puede llamar al trabajador para que se reintegre a trabajar porque cambiaron las condiciones económicas y es necesario que vuelva a retomar sus funciones???
Si el trabajador se jubila el empleador no debe pagar AFC
La pregunta dos no la entendí.
Hola tengo un chofer con contrato suspendido, le.envié carta de aviso el 30 de noviembre pero ahora recien supe q con contrato.suspendido no lo puedo despedir, puedo activar su contrato ahora? Para hacer su despido el 30 de diciembre? Gracias
Sí, hágalo, si no se arriesga a un despido injustificado.
Hola, me encuentro con contrato laboral suspendido, hasta el 31 de diciembre 2020. Me han avisado que posteriormente a esa fecha (11 de Enero 2021) tendré que firmar finiquito sí o sí, ya que no pueden mantener vinculo laboral debido a su situación económica. No me quieren pagar indemnización sustitutiva de aviso previo. ¿Es eso legal?, ¿o deben por ley hacer pago de aquella indemnización?
Hola, si le avisan con un mes de anticipación, no le deben pagar sustitutiva, per le tiene que entregar una carta que diga por ejemplo que hoy 19 de diciembre su contrato termina el 19 de enero
Hola Muy buenos días. tengo un trabajador al cual teníamos con suspensión por pacto. se venció en noviembre y realizamos una nueva solicitud la cual comienza este enero 2021.
En una reunión de socios se decidió que ya no se podría mantener la relación laboral con este trabajador. en este caso se debe esperar al termino de la suspensión del contrato?
o se podría revocar esta suspensión con las opciones que me da AFC para luego realizar el despido?
No lo puede despedir hasta que termine la suspensión.
Hola consulta, yo estoy con suspención de contrato desde abril de 2020, este mes no me cancelaron el seguro de cesantía solidario por que estaba suspendido.mi consulta es si no me pagaron este mes el seguro, el empleador tendría que pagarme mi sueldo ya que estoy con contrato.
No tiene nada que ver una cosa con la otra.
¿Sabe exactamente hasta qué fecha está suspendido?
Si usted no ha trabajado el empleador no le debe pagar.
Hay que ver por qué el seguro no le pagó.
Saludos,
Hola Delfina, si al fondo solidario se le acabaron los recursos, reclámele al gobierno
Hola tengo una consulta, me despidieron finalizado el pacto de suspensión del contrato, pero no estan considerando el mes de aviso.
¿Es legal? Solo estan contrmplando las vacaciones proporcionales, año por servicio
depende qué dice la carta de despido
A mi pareja la están obligando a renunciar y esta con suspencion de contrato hasta el 05 de febrero 21…
A nadie lo pueden obligar a renunciar….
Hola tengo cuatro trabajadores y estaban con protección del empleo hasta diciembre por ley tengo que reintegrarlos al trabajo , aunque no podemos atender público por asuntos del convida ., pero en la impeccion del trabajo me dijeron que tenía que reintegrarlos si o si ( lo cual lo encuentro injusto pues no tenemos ingresos) bueno pero para no infringir la ” ley” se llamó telefónicamente a estos trabajadores , pero uno no apareció ,que se hace en estos casos? Gracias!!
Mándele un mensaje por whatsapp o mail, que quede registro por escrito que usted le avisó que debía volver.
Si no vuelve lo despide
Hola tengo suspension laboral desde 1 setiembre hasta 3 febrero ,pero al parecer recien me aunmentaro otros 5 meses mas ; que es hasta 31 de mayo 2021 .¡ me pueseñ hacer eso o esta mal !
Gracias
Confirme que así sea… después la pueden despedir por no presentase a trabajar.
Hola mi último pago de la AFC fue el 12 de febrero y no se han comunicado conmigo para decirme NADA.
Ayer llamé al administrador y no me cae la llamada y llame a la sub-directora y me dijo que cargaron la información en la afc para el pago de febrero 2021 (pagarán en marzo) y posiblemente marzo 2021 que solo retiraron a las personas que renunciaron de la.nomina que envían a la afc.
¿Como puedo corroborar que fue realizada nuevamente la solicitud y que sigo suspendida?.
Que me recomienda….Gracias por su ayuda ( trabajo en jardin infantil)
Recomiendo que averigüe usted por su cuenta.
Hola, acabo de contratar a una joven para recepción a plazo fijo por 3 meses el viernes 15 pero justo el día anterior que declararan cuarentena total en nuestra ciudad, mi consulta es cómo puedo despedirla? O me apego a la suspensión de trabajo hasta el mes que termina su contrato? Ya que cerramos el salón y no tenemos ingreso para pagarle el próximo mes.
Gracias
no la puede despedir, suspéndala por el plazo que le queda y cuando termine el plazo la despide por término de contrato
Hola, me suspendieron el contrato en abril del año pasado y éste finaliza el día 20 de enero así que se supone que debo integrarme a mis funciones el día siguiente. Mi empleador me llamó y me dijo que iba a extender la suspensión porque no puede abrir su negocio por la pandemia, pero aún no me ha llegado algún mail con tal extensión. Mi pregunta es: Si no me ha llegado nada, tendré que volver al trabajo? Corro el riesgo de que me echen por no presentarme aunque el local siga cerrado y me hayan dicho que íbamos a seguir con la suspensión?
Muchas gracias de antemano.
Rodrigo, yo que usted, me presento al trabajo, me ha tocado harta gente despedida por no presentarse luego del término de la suspensión.Si lo suspenden nuevamente, que se lo acrediten.
Saludos,
Hola, estuve con suspension laboral desde junio a noviembre del 2020. Me despidieron el 11 de enero del 2021 por el articulo 160 n°2 y 7. Y se que ese articulo no paga ni un tipo de indemnizacion, pero yo nunca tuve ni firme contrato desde que estuve trabajando ahi (hice una denuncia a la inspeccion)
Hoy me llegó la propuesta de finiquito solo pagando las vacaciones proporcionales y mi sueldo de enero. Pero si estuve trabajando de abril del 2020 a enero del 2021 correspondería también el mes por año cierto?
Rechazare la propuesta ya que estoy esperando la fecha de comparendo
No le corresponde mes por año, porque no cumplió un año trabajando.
y no se supone que despues de meses se considera un año??
el primer año debe ser completo para acceder a la indemnización por años de servicio, después de ese año, si tiene más de 6 meses se cuenta com otro año.
Buenas tardes ,estoy con suspension laboral desde marzo del 2020 tengo un sueldo fijo y en noviembre me llegó un anexo de contrato modificando mi sueldo con comisión lo que va en desmedro de mi sueldo,por lo que no lo he firmado.Ya estamos en Febrero y aun no me llaman a trabajar sigo con suspension,que me aconsejan ?
Gracias
Averigüe hasta cuándo exactamente dura la suspensión, si no se presenta a trabajar lo pueden despedir por inasistencias injustificadas.
Hola, muchas gracias por la orientación. Mi consulta es si una vez finalizado el pacto de suspensión laboral, el trabajador debe reintegrarse al empleo o debe esperar que el empleador le avise? Si no me presento inmediatamente puede el empleador despedirme por abandono laboral??
Sí, debe presentarse a trabajar, sino la pueden despedir por inasistencia
El empleador debe avisar con anticipación el reingreso a trabajo? Dado que en Santiago algunas comunas avanzan a fase 3 y pueden ahora abrir ciertos locales? De que manera puede ser ese aviso?
me parece que una buena comunicación es la base de una buena relación laboral.
Hola!
Me encuentro acogida a pacto de suspensión laboral hasta Abril 2021 (Aprovado por AFC) según consta en correo de mi empleador, sin embargo hoy recibí un correo de la entidad señalada donde indican que mis pagos se suspendieron… alguien sabe qué procede legalmente?
Agradeceré sus comentarios.
llame a la AFC
Buenas tardes, consulta yo entre a trabajar el 04 de marzo de 2020, el 17 de noviembre 2020, me realizaron una suspensión de contrato hasta el 28 de febrero del 2021, y acabo de recibir hoy 04 de febrero 2021 aviso termino de contrato de parte de mi empleador, dandole termino laboral a mi trabajo el dia 04 de marzo del 2021, mi pregunta es si legal lo que se realizó, ya que desde el 28 de febrero hasta el 4 de marzo hay 4 días en el aire debera pagarme la empresa ??, Y sobre el finiquito significa que deben pagarme el mes por año y las vacaciones ??, Agradecería mucho alguna pronta respuesta saludos cordiales. Gracias.
está bien hecho el despido lo único que le deben pagar son las vacaciones
Hola, tenemos una empresa “A” con dos trabajadores con suspensión laboral (mutuo acuerdo) uno hasta el 28/02 y otro hasta 31/03. La empresa “A” dejo de funcionar, porque la empresa mandante con la que tenia contrato de operación, canceló el contrato de un día para otro. ¿Se puede dar termino a esos pactos y desvincular a los trabajadores por necesidades de la empresa?
Debe esperar a que terminen los pactos de suspensión.
Hola, tengo suspensión de contrato desde Abril de 2020, mi empleadora me quiere finiquitar por la Causal de fuerza mayor, es posible eso? También quería consultar que desde noviembre no recibo pago de la AFC esos meses lo tendría que pagar mi empleador? Ya que le pregunte y me dice que el acuerdo de suspensión fue sin gozo de sueldo hasta el tiempo que dure la pandemia? Es legal eso? O sencillamente el pacto de suspensión se tiene que regir por una fecha exacta ? Es decir una cierta cantidad de meses o se puede colocar que hasta que pase la pandemia?
no lo pueden finiquitar por fuerza mayor con suspensión del contrato.
la afp es obligación del empleador pagarla
Deseo saber si tengo 1 año con suspensión laboral y me corresponden vacaciones, podré tomarlas pese a tener suspendido mi contrato?
para qué quiere tomarse los días de vacaciones si está suspendido???
Hola, si un trabajador esta con suspension laboral, hasta q termine una cuarentena, se puede enviar carta de despido diciendo que al dia despues del termino de cuarentena esta despedido, por necesidad de la empresa? El mes de aviso se toma desde que se envia la carta o desde el termino de la suspension? Gracias
Sí lo puede despedir al término de la cuarentena.
El mes de aviso es desde que manda la carta. No puede aprovecharse de la cuarentena como mes de aviso porque legalmente la persona está suspendida.
Hola, yo estoy suspendida hasta el día de hoy, 12-02-2021 y de mi empresa no me han llamado ni enviado un correo, no se que hacer, envíe un correo preguntando por mi situación y no me respondieron.
vaya a la empresa y pregunte
Hola buenas noches, estoy con suspensión de contrato hasta el 16 de febrero de 2021 , mi empleador no se ha contactado conmigo para decirme que vamos a hacer , tampoco me ha enviado carta de despido ni aviso de de reintegrarme a mis funciones , además de eso estoy en una comuna en cuarentena y para salir a trabajar necesito el permiso colectivo para presentarme al lugar de trabajo , que debo hacer ?
Deje constancia por escrito, mande mails o whatsapp a su empleador contando la situación
Hola, estoy con suspensión de contrato hasta el 04 de marzo, pero mi contrato tiene fecha de termino el 28 de febrero 2021, me pueden despedir el 28 de febrero??
Si
Hola, consulta cuantas veces el empleador puede enviar a suspensión el contrato laboral??, mi papa es GARZON y ya estuvo 6 meses, y luego de reintegrarlo cambiaron varias reglas de pago y de horarios donde se ven todos perjudicados y lo amenazan que si no le gusta la empresa esta facultada para de nuevo enviarlo con suspensión de contrato…?
Se tiene que dar las condiciones sanitarias para suspenderlo.
Si estoy con suspencion laboral por la pandemia puedo pedir licencia
si, puede
Buenas tardes, solicito su orientación ante unas dudas que tengo.
1.- mi contrato comenzó el 1/03/2020 con fecha de termino el 29/02/2021, mi empleador se adhirió a suspensión de contrato desde junio de 2020 hasta 28/02/2021. Días antes del término de la suspensión me avisaron que continuaba trabajando en el colegio para el año 2021. Al reintegrarme a mis labores el 01/03/2021 me informan que el día 05/03 firmaré finiquito dando termino a la relación laboral que contempla hasta el 28/02 pero me harán un nuevo contrato a partir del 01/03/2021. Quiero saber si eso es legal? Si continuo en el colegio no es una renovación de mi contrato? Tengo derecho a pago de vacaciones proporcionales?
2.- Como indique anteriormente trabajo en un colegio en Maipú pero mi contrato es por una empresa constructora por ende ante el Mineduc no existo. Esto es legal?
Muchas gracias por orientarme al respecto.
Primero firme el nuevo contrato y luego el finiquito.
1) No es legal, es presión, pero no tiene mucha alternativa…
2) No entendí la pregunta
Hola. Estuve con suspensión de contrato desde el 15 de Abril y terminó este 28 de febrero. Todavía me queda un pago proporcional desde el 15 al 28 de febrero, el que se pagará el 19 de marzo. Me avisaron que no continuaré trabajando en la empresa después del fin del contrato que tiene fecha para el 31 de marzo. Me dijeron que no me presente a trabajar, me van a enviar mi carta de aviso con fecha de mañana, pero dicen que desde el 20 al 05 de abril ( fecha en que se cumple el mes de aviso) tome días de vacaciones. Según ellos “el sistema no permite que me paguen los días anteriores a que se realice el último pago. Que la desvinculación tiene que ser con fecha posterior al ultimo pago, siendo que la suspensión laboral expiró el 28 de febrero. Está correcto lo que quieren hacer?
no, no está correcto
Hola, tengo una trabajadora que inició su pacto de suspensión en Febrero 2021 y que se extiende hasta Junio de 2021, sin embargo la instalación en la cual prestaba servicios determinó poner término al contrato de servicio en Marzo 2021. Mi consulta es si puedo poner término anticipado al pacto (por ejemplo hasta el 31 de marzo) y finiquitarla por necesidades de la empresa en esa fecha. De ser así, ¿es legal dar el aviso previo estando vigente aún el pacto?
está mal despedida, no se puede despedir si está con suspensión
Hola, buenas tardes, mi empleador se acogió a la ley de protección al empleo hasta julio de 2021 (me llegó la aprobación desde la misma AFC), ahora mi empleador me mandó una carta de finalización de contrato a mediados de marzo aludiendo “Necesidades de la empresa debido a reestructuración del área”, ¿es legal o puedo de alguna forma apelar a esta decisión?
Puede demandar por despido injustificado
Hola si la empresa está acogida a la ley de protección al empleó puede despedir a un empleado???
no
Hola estuve con suspención laborar hasta el 28 de febrero ,en enero me correspondíam vacaciones mi consulta es que pasa con esas vacaciones. Me las puedo tomar durante el año?
Contácteme al WhatsApp +569 81367177
Hola estoy con suspension laboral durante dure la cuarentena y pasaron 3 dia y me llaman para que valla a trabajar es legal eso
Hasta cuándo duraba la suspensión?
Hola, en una empresa que se acogió al pacto de suspensión temporal del contrato, hasta el 17 de mayo de 2021 pero el 2 de mayo de 2021 se termina el plazo fijo del contrato de trabajo de un trabajador, se puede despedir en esa fecha de acuerdo al art. 159 N° 4?
Gracias
Si, no hay problema
Buena tarde estoy con contrato suspendido yo puedo tener otro trabajo con contrato en otra empresa ? Ya que el dinero que recibo no me alcanza . Tengo esa duda me puede m hacer otro contrato en otra empresa y no perder el pago que me hacen por contrato suspendido?
Si lo pillan está cometiendo un delito.
Contácteme al whatsapp +569 81367177
Buenos dias Alexandra de Grenade, sera posible que me oriente con algunas dudas al respecto de las suspenciones laborale y despidos, el escenario es el siguiente:
Tengo mi contrato suspendido desde el 2 de abril de 2020, esto es una empresa de turismo, entonces cabe la posibilidad de que una vez terminada la suspencion me despidan, y aqui aparecen mis dudas:
1.- El calculo del finiquito se hará con base a la última liquidación antes de la suspención, en mi caso, marzo o abril 2020? ademas soy presidente del comite paritario, eso tiene un fuero, aplica tambien a ese finiquito en dinero?
2.- En la empresa se hicieron algunos cambios en los contratos, dentro del mismo “holding” me cambie de empresas pero con el compromiso de “respetar los años de servicio” que debería ser a contar del 2012 no recuerdo exactamente la fecha, pero el finiquito debería contar desde ese momento?
Plis, si me pudiera orientar al respecto se lo agradeceria muchisimo.
1) El cálculo es en base al promedio de los últimos 3 meses anteriores a la suspensión.
El hecho que sea presidente del Comité Paritario y tenga fuero no quiere decir que le tengan que pagar por eso en el finiquito.
2) sí.
Excelente, mil gracias por su respuesta!!
😉
Buenas tardes Adegrenade, favor orientar en esta consulta.
Tengo una trabajadora con suspension laboral, la comuna donde trabaja, salio de cuarentena, pero donde ella vive sigue en cuarentena, puedo citarla a trabajar y si no aparece dentro de los plazos legales (2 dias seguidos), despedirla por abandono de trabajo.
Puede citarla a trabajar gestionándole el permiso respectivo si la empresa cuenta con eso.
Si se niega a asistir a trabajar, la puede despedir por inasistencias injustificadas después de dos días seguidos de no ir y no presentar ningún justificativo médico o licencia. Siempre recomiendo esperar 3 días…
Hola buenas consulta me encuentro con suspensión de contrato por acto de la autoridad sanitaria desde el 9 de marzo 2021, (ciudad donde vivo y trabajo en cuarentena) el 14 de abril mi jefe me consulta si puedo reincorporarme ya que existiría un permiso para hacerlo (debo señalar que mi empresa no estaba dentro del rubro de esescenciales) y aún comuna en cuarentena le señalé que me acogeria a reducción de jornada y me dijo que no solo completa 8 horas…me pidio si aún así podría trabajar por algunos dias…a lo que accedí dejando claro que seguiria acogida a la suspensión. Hoy reviso AFC y mi pacto se encuentra rebocado deberé volver a trabajar? Me pueden despedir? Por no volver en fase 1 ?
Sí, debe volver a trabajar si la empresa tiene permiso para hacerlo.
Hola! Estoy con suspensión laboral y el último pago por parte de la AFC se hará el 20 de Mayo. Cuándo debería reintegrarme a trabajar?
pregunte a su empleador
Buenos dias, estuve de parte de enfermo desde diciembre de 2019 hasta diciembre de 2020, en el mes de junio de 2020 me viene en el bono de sueldo, el pago del salario con el articulo 223bis LCT, en diciembre de 2020 ingrese a trabajar con cambio de función por un certificado medico que presente he indica discopatia, no estoy realizando mi tarea habitual, pero mediante telegrama me llamaron a trabajar a tareas livianas, la pregunta es si me pueden despedir con justa causa
lo pueden despedir or necesidades de la empresa
Hola. Puedo terminar la suspensión laboral (por pacto de autoridad), para poder despedir a un trabajador, si la comuna aun está en cuarentena?
no
Hola necesito de su ayuda actualmente estoy en suspensión laboral, y me acaban de avisar que me votarian. Mi suspensión termina en septiembre. Segun lo leido no me pueden votar teniendo el pacto de suspensión laboral.
Mi pregunta si estando en suspensión laboral ella me puede notificar para no pagarme indemnización o estando en suspension ni preaviso me puede meter. Ayudaaaa
Mientras esté suspendida no la pueden despedir por necesidades de la empresa
Buenos días
Por acto de autoridad (Cuarentena) mi empleador me envió a suspensión laboral.
¿puede el empleador llamarme o enviarme un mail para que le haga un trabajo de la empresa?
Estamos en comunas en cuarentena. La autoridad de anunciar el termino de la cuarentena en ambas comunas para realizar un trabajo.
es rara la situación
Hola. Me suspendieron contrato hace dos meses, se supone que duraria 5 meses. Mi empleador me llamo antes pero no tengo quein cuide a mis hijos, puedo proponerle continuar suspendido o me puede despedir?
Depende si su comuna está en cuarentena o no
Hola, mi consulta es, que tengo suspensión de contrato ,pero ya pasamos.a fase 3 el local.donde trabajo ya abrio y llamaron llamaron a trabajar a los.otros.empleos y no a.mi aparte contrataron nuevo personal, cuando el motivo de la.cesantía es tambien que no nos podemos pagar como es en eese caso?
Escríbale un mail o whatsapp a su empleador, preséntese a trabajar, si no después la podrían despedir por inasistencias injustificadas, le tiene que dar una respuesta.
Hola.. tengo mas de 3 meses con suspensión de contrato de trabajo por la ley de proteccion al empleo cobrando de los fondos de la afc mi consulta es la siguiente:
Encontre una oportunidad para trabajar mientras tanto con el dinero que me pagan de la afc no subsisto y en el nuevo empleo me quieren dar contrato ypagar todo por el marco legal . Es posible?? Al pagarme afc, afp , imponerme y un contrato perderia mi suspension? O que pasaria?
debe renunciar al otro trabajo , si no estaría cometiendo un delito.