Si tu empresa opera en Chile, es importante que conozcas el marco legal que regula la prevención de delitos en el ámbito empresarial. La Ley N° 20.393 establece cuándo una persona jurídica puede ser penalmente responsable y qué condiciones contempla la norma para eximirse de esa responsabilidad. En este artículo encontrarás una explicación ordenada de lo que la ley establece, sus sujetos obligados y los elementos mínimos que exigen.
¿Qué regula la Ley N° 20.393?

La Ley N° 20.393 fue publicada el 2 de diciembre de 2009, y establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en Chile por ciertos delitos cometidos en su beneficio.
En agosto de 2023 se publicó la Ley N° 21.595, conocida como Ley de Delitos Económicos. Esta norma modificó de forma relevante el texto de la Ley N° 20.393, y sus cambios entraron en vigencia el 1° de septiembre de 2024.
¿A quién se aplica esta ley?
El artículo 2° de la ley indica que sus disposiciones se aplican a las personas jurídicas de derecho privado y a las empresas del Estado. Esto incluye todo tipo de sociedades, corporaciones y fundaciones, sin distinción de tamaño o rubro.
La ley no contempla excepciones por el tamaño de la organización. Sin embargo, sí considera el tamaño y la capacidad económica de la persona jurídica al definir los recursos exigibles para el modelo de prevención.
¿Cuándo responde penalmente una persona jurídica?
Requisitos que establece la norma
El artículo 3° define los presupuestos de la responsabilidad penal. Tu empresa puede ser penalmente responsable cuando se cumplan estas condiciones:
- El delito fue cometido en el marco de la actividad de la persona jurídica.
- Fue perpetrado por una persona natural con cargo, función o posición en ella, o que le preste servicios gestionando asuntos ante terceros.
- La comisión del hecho se vio favorecida o facilitada por la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención de delitos.
La ley también contempla responsabilidad cuando el hecho lo comete una persona vinculada a una persona jurídica distinta, siempre que entre ambas existan relaciones de propiedad o participación y la segunda carezca de autonomía operativa respecto de la primera.
Responsabilidad autónoma de la persona jurídica
El artículo 5° establece que la responsabilidad penal de la persona jurídica es autónoma de la de las personas naturales involucradas. Puede perseguirse aunque la responsabilidad individual se haya extinguido o no sea posible identificar al responsable individual, siempre que se demuestre que el delito debió cometerse dentro del ámbito de funciones de la organización.
¿Qué delitos contempla la ley?
Conforme al texto vigente desde septiembre de 2024, los delitos que pueden dar lugar a responsabilidad penal de una persona jurídica son, entre otros:
- Los referidos en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley N° 21.595 (Ley de Delitos Económicos). Incluyen lavado de activos, cohecho, corrupción entre privados, administración desleal y apropiación indebida, entre otros.
- Los del artículo 8° de la Ley N° 18.314 (conductas terroristas).
- Los del Título II de la Ley N° 17.798 (control de armas).
- Los establecidos en los artículos 411 quáter, 448 septies y 448 octies del Código Penal.
¿Qué es un modelo de prevención de delitos según la ley?
Definición y efecto legal
El artículo 4° señala que la persona jurídica podrá adoptar un modelo de organización, administración y supervisión para prevenir delitos. La norma establece expresamente que un modelo efectivamente implementado se considera adecuado para eximirse de responsabilidad penal cuando, en la medida exigible a su giro, tamaño, complejidad y recursos, considere seria y razonablemente los siguientes elementos.
Elemento 1: Identificación de actividades o procesos de riesgo
El modelo debe contemplar la identificación de las actividades o procesos de la persona jurídica que impliquen riesgo de conducta delictiva. Esto aplica tanto a actividades habituales como esporádicas.
Elemento 2: Protocolos y procedimientos
La ley exige el establecimiento de protocolos y procedimientos para prevenir y detectar conductas delictivas. La norma indica que estos deben incluir obligatoriamente canales seguros de denuncia y sanciones internas para el caso de incumplimiento.
Además, la ley establece que dichos protocolos deben comunicarse a todos los trabajadores. La normativa interna debe incorporarse expresamente en los contratos de trabajo y de prestación de servicios de todos los trabajadores, empleados y prestadores de servicios, incluidos los máximos ejecutivos.
Elemento 3: Sujeto o sujetos responsables
La ley contempla la asignación de uno o más sujetos responsables de aplicar los protocolos. La norma establece que deben contar con:
- Adecuada independencia respecto de la administración.
- Facultades efectivas de dirección y supervisión.
- Acceso directo al órgano de administración de la persona jurídica para informar y rendir cuenta de su gestión.
- Los recursos y medios necesarios para el ejercicio de sus funciones, en consideración al tamaño y capacidad económica de la organización.
La ley no establece requisitos de formación profesional específica para este cargo.
Elemento 4: Evaluaciones periódicas por terceros independientes
La norma exige que el modelo contemple evaluaciones periódicas realizadas por terceros independientes, así como mecanismos de perfeccionamiento o actualización a partir de esas evaluaciones. La ley no fija un plazo específico, pero sí exige que las evaluaciones sean periódicas y que sirvan de base para actualizar el modelo.
¿Qué sanciones establece la ley para las personas jurídicas?
El artículo 8° contempla las siguientes penas aplicables a las personas jurídicas:
- Disolución de la persona jurídica o cancelación de su personalidad jurídica.
- Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
- Pérdida parcial o total de beneficios fiscales, o prohibición de recibirlos por un período determinado.
- Multa a beneficio fiscal.
- Publicación de la sentencia en un diario de circulación nacional, como pena accesoria.
¿Cómo se transmite la responsabilidad en caso de reorganización?
El artículo 18° regula qué ocurre cuando una persona jurídica responsable se transforma, fusiona, absorbe, divide o disuelve voluntariamente. En el caso de división, las personas jurídicas resultantes son solidariamente responsables por los delitos cometidos con anterioridad.
¿Cuándo se extingue la responsabilidad penal?
Conforme al artículo 19°, la responsabilidad penal de la persona jurídica se extingue por las mismas causales del artículo 93 del Código Penal, con una excepción: la muerte del responsable individual no extingue la responsabilidad de la persona jurídica.
Si tienes dudas sobre cómo se aplica esta normativa en un caso concreto, puedes dejar tu consulta en los comentarios o plantearla en el espacio habilitado en el formulario de este portal.
FAQ
¿Qué es la prevención de delitos en una empresa según la ley chilena?
La prevención de delitos es el conjunto de medidas que establece la Ley N° 20.393 para que una persona jurídica adopte mecanismos internos que eviten la comisión de ciertos delitos en su ámbito de actividad.
¿Están todas las empresas obligadas a tener un modelo de prevención de delitos?
No. La Ley N° 20.393 no impone la obligación de adoptar un modelo de prevención de delitos. Sin embargo, tenerlo e implementarlo efectivamente es la condición que la ley establece para que una persona jurídica pueda eximirse de responsabilidad penal.
¿A qué empresas aplica la Ley N° 20.393?
La ley N° 20.393 aplica a todas las personas jurídicas de derecho privado y a las empresas del Estado en Chile, independientemente de su tamaño o rubro.
¿Qué delitos puede cometer una persona jurídica según esta ley?
La ley contempla delitos como lavado de activos, cohecho, corrupción entre privados, administración desleal, financiamiento del terrorismo y otros establecidos en la Ley N° 21.595 y en el Código Penal.
¿Quién puede ser el sujeto responsable de la prevención de delitos en una empresa?
La ley no exige una formación profesional específica. Solo establece que quien ocupe este rol debe contar con independencia, facultades efectivas de dirección y supervisión, y acceso directo al máximo órgano de administración de la persona jurídica.
¿Cada cuánto tiempo debe evaluarse el modelo de prevención de delitos?
La ley exige evaluaciones periódicas por terceros independientes, pero no fija un plazo exacto. Solo establece que las evaluaciones deben ser periódicas y servir como base para perfeccionar o actualizar el modelo.
Fuentes: Ley N° 20.393 (texto vigente desde el 1° de septiembre de 2024), modificada por la Ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoría legal.





