La Ley de transparencia en Chile regula el acceso de las personas a la información pública y establece obligaciones para distintos organismos del Estado. Actualmente, estas reglas se encuentran principalmente en la Ley N.º 20.285 y en normas complementarias. Además, durante 2026 entraron en vigencia nuevas disposiciones sobre transparencia activa, mientras el proyecto conocido como Transparencia 2.0 continúa en el Congreso.
¿Qué establece actualmente la Ley de transparencia en Chile?

La Ley N.º 20.285 sobre Acceso a la Información Pública establece el principio de transparencia de la función pública y reconoce el derecho de toda persona a solicitar y recibir información de los órganos de la Administración del Estado.
La normativa contempla dos mecanismos principales:
- Transparencia activa: obliga a los organismos sujetos a la ley a publicar determinada información permanentemente.
- Derecho de acceso: permite solicitar información pública a los organismos correspondientes.
La transparencia activa comprende información sobre estructura orgánica, funciones, personal, remuneraciones, presupuesto, contrataciones y auditorías, entre otras materias. Esta información debe mantenerse actualizada al menos una vez al mes.
¿Qué es la llamada Transparencia 2.0?
La denominada Transparencia 2.0 corresponde al proyecto contenido en el Boletín N.º 12.100-07, cuyo título oficial es “Modifica la ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública”.
La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados el 12 de septiembre de 2018, mediante un mensaje del Ejecutivo. Su objetivo es fortalecer y aumentar los estándares de transparencia en el ejercicio de la función pública.
Es importante aclarar que este proyecto todavía no es ley, por lo que sus modificaciones no reemplazan las obligaciones actualmente establecidas por la Ley N.º 20.285.
¿En qué estado se encuentra Transparencia 2.0?
Actualmente, el Boletín N.º 12.100-07 se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado. La ficha oficial registra que recibió un segundo informe de comisión el 20 de abril de 2022 y pasó a la Comisión de Hacienda para las materias de su competencia. También registra una nueva urgencia de suma presentada por el Ejecutivo el 3 de marzo de 2026.
Por lo tanto, las modificaciones propuestas deben presentarse como una reforma en tramitación, no como obligaciones vigentes.
¿Qué cambios propone Transparencia 2.0?
El proyecto busca ampliar y fortalecer el sistema de transparencia pública, incluyendo modificaciones al ámbito de aplicación de la normativa y nuevas obligaciones para determinadas entidades que actualmente tienen un régimen diferente.
También contempla cambios institucionales y procedimentales destinados a fortalecer la transparencia y facilitar el acceso a la información pública.
Entre sus elementos se encuentra el reconocimiento legal del Portal de Transparencia del Estado, una plataforma que ya se encuentra operativa. Por ello, no debe entenderse que el proyecto pretende crearla desde cero.
¿Existen nuevas exigencias de transparencia que ya estén vigentes?

Sí. El Consejo para la Transparencia aprobó mediante la Resolución Exenta N.º E80 un nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de su Instrucción General sobre Transparencia Activa. Fue publicado el 24 de febrero de 2026 y comenzó a regir 60 días después.
Esta instrucción sí es una regulación vigente y no debe confundirse con el proyecto de Transparencia 2.0.
Entre otras materias, actualiza requerimientos relacionados con transparencia activa y establece que los sujetos obligados deben disponer de un acceso directo al formulario para solicitar información pública en el mismo sitio donde cumplen sus obligaciones de transparencia activa. También incorpora nuevos requerimientos y actualiza materias relacionadas con personal, remuneraciones y servicios a honorarios.
¿Cómo funciona actualmente la fiscalización?
La fiscalización de las obligaciones de transparencia ya existe y no depende de que se apruebe Transparencia 2.0.
El Consejo para la Transparencia tiene entre sus funciones fiscalizar el cumplimiento de las normas de transparencia y garantizar el derecho de acceso a la información pública.
Esta fiscalización tiene efectos prácticos. Durante 2025, el Consejo instruyó 330 investigaciones sumarias, cifra que calificó como la más alta registrada por la institución y que representó un aumento cercano al 60% respecto del año anterior.
Por eso, cumplir con las obligaciones de transparencia requiere procedimientos internos adecuados. No basta con disponer de una página web si la información no se publica correctamente o las solicitudes no se gestionan dentro de los plazos legales.
¿Qué multas contempla actualmente la Ley de transparencia en Chile?
La legislación vigente establece sanciones para determinadas infracciones.
La autoridad o jefatura que deniegue infundadamente el acceso a información puede recibir una multa de entre 20% y 50% de su remuneración. El mismo rango se aplica cuando no se entrega oportunamente información cuya entrega haya sido ordenada mediante una resolución firme.
Si la autoridad persiste en el incumplimiento, la multa puede duplicarse y además puede aplicarse una suspensión de cinco días en el cargo.
El incumplimiento injustificado de las normas sobre transparencia activa también puede sancionarse con una multa de entre 20% y 50% de las remuneraciones del infractor.
Estas son las sanciones actualmente vigentes. Las modificaciones propuestas por Transparencia 2.0 todavía no las reemplazan.
¿Las multas podrían cambiar con Transparencia 2.0?
Sí, pero se trata de modificaciones propuestas, no de reglas vigentes.
El proyecto contempla cambios al régimen sancionatorio, entre ellos la incorporación de la censura y modificaciones al régimen actual de multas.
Además, durante 2026 el Consejo para la Transparencia presentó una propuesta propia para una nueva Ley de Transparencia, señalando que considera que el proyecto iniciado en 2018 ha quedado superado por el paso del tiempo y por nuevos desafíos tecnológicos e institucionales.
Esta propuesta es distinta del proyecto actualmente en tramitación y debe entenderse como un aporte al debate legislativo.
¿Qué plazo existe para responder una solicitud de información?
El organismo requerido debe pronunciarse dentro de un máximo de 20 días hábiles.
Excepcionalmente, puede prorrogarse por otros 10 días hábiles cuando se cumplan las condiciones establecidas por la ley. La prórroga debe comunicarse antes del vencimiento del plazo original y explicar sus fundamentos.
Si la autoridad deniega la información o no responde dentro del plazo, es posible presentar un reclamo ante el Consejo para la Transparencia dentro de los plazos establecidos legalmente.
¿Qué errores deberían evitar los organismos públicos?
Entre los aspectos que conviene controlar están:
- Mantener actualizada la información de transparencia activa.
- Responder las solicitudes dentro de los plazos legales.
- Fundamentar correctamente las negativas de acceso.
- Revisar si existe una causal legal de secreto o reserva.
- Mantener registros que permitan acreditar el cumplimiento.
- Revisar periódicamente los procedimientos internos.
Además, deben considerarse las nuevas exigencias incorporadas a la regulación de transparencia activa durante 2026.
Un error sería asumir que todas las medidas asociadas a Transparencia 2.0 ya son exigibles. Las normas vigentes deben distinguirse de los proyectos y propuestas que todavía están en discusión.
¿Por qué conviene prepararse para estos cambios?
Aunque el Boletín N.º 12.100-07 continúa en tramitación, el sistema de transparencia ya está experimentando modificaciones mediante instrucciones y nuevas obligaciones.
A esto se suma la propuesta presentada por el Consejo para la Transparencia en 2026, que plantea ampliar el universo de entidades sujetas a la regulación, fortalecer la transparencia activa y mejorar los mecanismos de fiscalización y sanción.
Para los organismos públicos, anticiparse a estos cambios puede ayudar a identificar brechas y mejorar sus procedimientos antes de enfrentar una fiscalización.
También puedes revisar nuestra guía sobre sanciones de la CMF para conocer otros mecanismos de fiscalización y sanción en Chile.
¿Qué debes tener claro sobre la Ley de transparencia en Chile?
La principal distinción es sencilla: las obligaciones vigentes y las reformas propuestas no son lo mismo.
Actualmente, la Ley N.º 20.285 regula el acceso a la información pública, la transparencia activa, los procedimientos de solicitud, la fiscalización y determinadas sanciones.
Al mismo tiempo, el Boletín N.º 12.100-07 continúa en segundo trámite constitucional en el Senado y busca modificar este régimen.
Por otra parte, el Consejo para la Transparencia presentó en 2026 una propuesta de nueva Ley de Transparencia con medidas adicionales para modernizar el sistema.
Por eso, quienes gestionan información pública deben distinguir qué obligaciones están vigentes y cuáles corresponden a proyectos o propuestas todavía en discusión.
Para conocer cómo otras normativas han incorporado nuevas obligaciones, también puedes revisar nuestra guía sobre la Ley Karin.
¿Tienes dudas sobre la Ley de transparencia en Chile?
Las obligaciones de transparencia pueden involucrar publicación de información, gestión de solicitudes, protección de antecedentes y eventuales sanciones.
Si necesitas determinar qué obligaciones corresponden a tu situación concreta, puedes realizar una consulta legal en el formulario que está ubicado al finalizar este artículo y recibir orientación de especialistas.
Preguntas frecuentes
La Ley de transparencia en Chile corresponde principalmente a la Ley N.º 20.285. Regula el acceso a información pública, la transparencia activa, los procedimientos de solicitud y determinadas sanciones.
No. El Boletín N.º 12.100-07 continúa en segundo trámite constitucional en el Senado. Sus modificaciones todavía no reemplazan las obligaciones de la Ley N.º 20.285.
El proyecto busca modificar la Ley N.º 20.285 y fortalecer los estándares de transparencia, incluyendo cambios en los sujetos obligados, procedimientos y régimen sancionatorio.






