El Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y social, correspondiente al Boletín N.º 18.216-05, propone un conjunto de medidas para apoyar la reconstrucción tras los incendios que afectaron a Ñuble y Biobío en 2026 y, al mismo tiempo, impulsar la inversión, el empleo y el crecimiento económico. Aunque el término Ley de Reconstrucción Nacional y Reactivación Económica y Social se utiliza para identificar esta iniciativa, actualmente se trata de un proyecto de ley y no de una normativa vigente. Su tramitación parlamentaria ya concluyó, pero el proyecto se encuentra en etapa de revisión ante el Tribunal Constitucional.
¿Qué busca establecer el proyecto?
La iniciativa fue ingresada el 22 de abril de 2026 mediante mensaje presidencial y tiene como cámara de origen a la Cámara de Diputadas y Diputados.
De acuerdo con el Senado, el proyecto reúne medidas relacionadas con reconstrucción y recaudación transitoria, competitividad tributaria e incentivos al crecimiento, permisos medioambientales y sectoriales y contención del gasto público.
Por su alcance, la propuesta incorpora modificaciones en materias tributarias, laborales, ambientales, de inversión, vivienda y finanzas públicas.
¿A quiénes busca beneficiar?
Dependiendo de la medida, el proyecto contempla efectos para personas afectadas por los incendios, trabajadores, personas mayores, empresas y potenciales inversionistas.
En materia de reconstrucción, la iniciativa contempla recursos para atender las consecuencias de los incendios ocurridos en Valparaíso, Ñuble y Biobío.
¿Cuáles son sus principales medidas?
Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios
El proyecto contempla un Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028 y un programa fiscal de hasta $1.200.000 millones, destinado a financiar gastos relacionados con los efectos y necesidades derivadas de los incendios de Valparaíso, Ñuble y Biobío.
La medida busca entregar recursos para enfrentar las consecuencias de estas emergencias y apoyar los procesos de reconstrucción.
Rebaja del Impuesto de Primera Categoría
Una de las medidas tributarias más relevantes es la reducción gradual del Impuesto de Primera Categoría para grandes empresas.
El cronograma contempla una rebaja de la tasa actual de 27% al, 25,5% para 2027, 24% para 2028 y 23% desde el año comercial 2029 en adelante.
La propuesta también incorpora una reintegración gradual del sistema tributario, cuya implementación total está contemplada para el año tributario 2031, y elimina por etapas la obligación de restituir el 35% del crédito por el Impuesto de Primera Categoría (IDPC), permitiendo que los dueños de empresas utilicen hasta el 100% de dicho crédito contra sus impuestos personales.
Crédito al trabajo formal
El proyecto contempla un crédito al trabajo formal, que durante su tramitación fue modificado para focalizarse en trabajadores de empresas que presten servicios del conocimiento en la economía digital.
Por esta razón, no corresponde atribuirle actualmente las condiciones del crédito que aparecían en las primeras versiones del proyecto.
Exención de contribuciones para mayores de 65 años
Otra de las medidas relevantes es la exención del impuesto territorial para la primera vivienda de las personas mayores de 65 años.
Durante la tramitación también se estableció una fórmula de compensación para los municipios que dejarían de recibir esos ingresos.
Esta medida debe entenderse como parte del proyecto mientras este no complete su proceso de entrada en vigencia.
Incentivos a la inversión y simplificación regulatoria

La iniciativa incorpora medidas destinadas a mejorar las condiciones para la inversión, incluyendo cambios relacionados con permisos medioambientales y sectoriales.
Entre las disposiciones aprobadas durante la tramitación se encuentra además un mecanismo que permitiría a empresas privadas solicitar una indemnización económica estatal cuando un tribunal revoque una Resolución de Calificación Ambiental, de acuerdo con las condiciones establecidas en el proyecto.
También contempla un régimen de invariabilidad tributaria para determinadas inversiones, con plazos que dependen del monto de la inversión.
Medidas relacionadas con capacitación
El proyecto contempla modificaciones a la franquicia tributaria de SENCE, permitiendo que empresas contribuyentes de primera categoría puedan descontar del impuesto a la renta hasta un porcentaje de su planilla anual de remuneraciones destinado a capacitación, bajo las condiciones establecidas.
¿En qué estado se encuentra actualmente el proyecto?

Esta es una distinción fundamental.
El proyecto pasó por ambas cámaras y posteriormente por una Comisión Mixta, que resolvió las diferencias existentes entre los textos aprobados por la Cámara y el Senado. El Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta el 4 de agosto de 2026.
Posteriormente, el Ejecutivo formuló tres observaciones al proyecto. La Cámara de Diputadas y Diputados registró la votación de estas observaciones el 10 de agosto, y el Senado aprobó los vetos el 12 de agosto de 2026.
Sin embargo, la tramitación no significa que el proyecto ya sea una ley vigente. La ficha oficial de la Cámara actualmente señala como estado “Trámite en Tribunal Constitucional” y registra el ingreso del fallo del Tribunal Constitucional el 13 de agosto de 2026.
Por ello, cualquier aplicación concreta de las medidas debe esperar a que finalice el proceso correspondiente y, posteriormente, a la publicación de la norma en caso de que corresponda.
¿Qué deben tener en cuenta las empresas y las personas?
Uno de los principales errores sería asumir que las medidas del proyecto ya pueden aplicarse.
Por ejemplo, una empresa no debería comenzar a utilizar una nueva tasa tributaria, crédito o beneficio únicamente porque aparece en el proyecto. Lo mismo ocurre con la exención de contribuciones para mayores de 65 años.
Mientras la iniciativa no complete su proceso y las disposiciones correspondientes no entren en vigencia, deben considerarse medidas propuestas, no beneficios actualmente exigibles.
¿Por qué es importante revisar el texto definitivo?
El proyecto experimentó modificaciones importantes durante su tramitación. De hecho, el Senado informó que durante el segundo trámite se presentaron 365 indicaciones, varias de las cuales modificaron aspectos relevantes de la propuesta inicial.
Por eso, utilizar información correspondiente al mensaje original puede generar errores al explicar el contenido actual del proyecto.
Antes de tomar decisiones tributarias, laborales o de inversión relacionadas con esta iniciativa, es recomendable revisar el texto que finalmente entre en vigencia y las normas complementarias que correspondan.
Si necesitas determinar cómo una modificación normativa puede afectar una situación concreta, puedes realizar una consulta legal en el formulario que se encuentra al finalizar este artículo y recibir orientación especializada.
¿Qué debes tener claro sobre la Ley de Reconstrucción Nacional y Reactivación Económica y Social?
El Proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social busca combinar medidas de reconstrucción con incentivos a la inversión, modificaciones tributarias, cambios regulatorios y medidas de contención del gasto.
Entre sus propuestas se encuentran el Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, la rebaja gradual del Impuesto de Primera Categoría, el crédito al trabajo formal, la exención de contribuciones para mayores de 65 años y modificaciones relacionadas con permisos e inversión.
Sin embargo, todavía no corresponde tratar estas medidas como una ley vigente. Su aplicación dependerá del resultado del proceso constitucional y de la posterior entrada en vigencia de las disposiciones que correspondan. Puedes conocer más detalles sobre esta ley en nuestro sitio web.
FAQ
¿Qué es la Ley de Reconstrucción Nacional y Reactivación Económica y Social?
Es la denominación utilizada en este artículo para referirnos al Proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social, Boletín N.º 18.216-05.
¿El proyecto ya es ley?
No. Actualmente figura en trámite ante el Tribunal Constitucional. Por ello, sus medidas no deben presentarse como beneficios u obligaciones vigentes.
¿Qué materias aborda?
Incluye propuestas relacionadas con reconstrucción, tributación, empleo, inversión, permisos medioambientales y sectoriales, vivienda y gasto público.
¿Qué medidas tributarias propone?
Entre otras, contempla una reducción gradual del Impuesto de Primera Categoría para grandes empresas, una reintegración gradual del sistema tributario y distintos incentivos vinculados con la inversión y el empleo.
¿Qué debe hacer una empresa antes de aplicar alguna de estas medidas?
Debe comprobar que la disposición correspondiente haya entrado en vigencia y revisar sus requisitos, plazos y normas complementarias. Que una medida forme parte del proyecto no significa que ya pueda aplicarse.
Referencias
- Cámara de Diputadas y Diputados de Chile. Proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social — Boletín N.º 18.216-05.
- Senado de Chile. Reconstrucción nacional: cuáles fueron los aspectos centrales aprobados.
- Senado de Chile. Reconstrucción nacional: comienza estudio de las indicaciones en Hacienda.
- Senado de Chile. Reconstrucción nacional: con aprobación de vetos supresivos, Cámara Alta despacha proyecto.
- Cámara de Diputadas y Diputados de Chile. Votación de las observaciones al proyecto de ley.
- Senado de Chile. Reconstrucción nacional: respaldan fórmula de compensación a los municipios.






