
¿Sabías que el artículo 22 del Código del Trabajo define cómo se organiza la jornada laboral en Chile y qué trabajadores están exentos de cumplirla? Esta norma es clave para entender cómo se aplican las 40 horas semanales, qué cargos tienen flexibilidad horaria y qué riesgos legales existen si se aplica incorrectamente.
En este artículo te explicamos de forma clara y práctica qué dice el artículo 22 inciso 1 y 2 del Código del Trabajo, cómo impacta la gestión de horarios en tu empresa y qué debes tener en cuenta para cumplir con la ley.
¿Qué regula el artículo 22 del Código del Trabajo?
El artículo 22 del Código del Trabajo establece las reglas sobre la jornada ordinaria de trabajo en Chile. Se divide en dos partes:
- El inciso primero define la jornada máxima legal.
- El inciso segundo indica qué trabajadores están excluidos de ese límite.
Ambos incisos tienen implicancias directas en el pago de horas extraordinarias, el control de asistencia y la planificación laboral dentro de las empresas.
Inciso primero: jornada ordinaria
El artículo 22 inciso 1 del Código del Trabajo señala que la jornada ordinaria no puede exceder de 45 horas semanales, distribuidas en no más de seis días. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley N.º 21.561, este límite se reducirá progresivamente a 40 horas semanales.
Este inciso aplica a la mayoría de los trabajadores dependientes, quienes tienen derecho a:
- Registro de asistencia.
- Pago de horas extraordinarias.
- Descansos legales (colación, semanal, feriados).
- Protección frente a jornadas excesivas.
Si tu empresa tiene trabajadores bajo este régimen, debes asegurarte de cumplir con los nuevos límites y ajustar los contratos laborales.
Inciso segundo: trabajadores excluidos
El artículo 22 inciso 2 del Código del Trabajo establece que ciertos trabajadores no están sujetos al límite de jornada ordinaria. Esto significa que no tienen derecho al pago de horas extraordinarias ni están obligados a registrar su entrada y salida.
Este inciso aplica a:
- Gerentes, administradores y apoderados con facultades de administración.
- Trabajadores sin fiscalización superior inmediata.
- Personal que trabaja fuera del lugar físico de la empresa (vendedores viajantes, cobradores).
- Personas que prestan servicios desde su domicilio o lugar libremente elegido.
- Quienes operan mediante medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones.
Si aplicas este inciso en tu empresa, debes justificarlo claramente en el contrato y evitar prácticas que contradigan la autonomía del cargo.
¿Cómo afecta esto a tu empresa?
La aplicación del artículo 22 del Código del Trabajo tiene implicancias estratégicas:

- Permite mayor flexibilidad operativa en cargos autónomos.
- Exige una definición precisa de funciones en los contratos.
- Impacta directamente en el cálculo de remuneraciones y beneficios.
- Obliga a revisar prácticas de supervisión y control funcional.
Con la ley de 40 horas, muchas empresas deberán ajustar sus estructuras laborales para cumplir con los nuevos límites, especialmente en cargos que antes estaban bajo el inciso segundo sin justificación legal suficiente.
Ejemplo práctico
Imagina que contratas a una ejecutiva comercial que trabaja desde su casa y visita clientes. Si en el contrato se indica que no tiene supervisión directa y que organiza su jornada libremente, puedes aplicar el artículo 22 inciso 2 del Código del Trabajo. Pero si luego le exiges marcar asistencia o cumplir horarios fijos, estarías contradiciendo esa autonomía y podrías enfrentar sanciones.
Jurisprudencia y dictámenes relevantes
La Dirección del Trabajo ha emitido dictámenes que aclaran la aplicación del artículo 22 inciso 1 y 2 del Código del Trabajo:
- Si el empleador solicita registro de asistencia, se presume jornada ordinaria (inciso 1).
- Si existe supervisión directa, también se presume jornada ordinaria.
- La exclusión debe estar respaldada por la naturaleza del cargo y no puede aplicarse de forma genérica.
La jurisprudencia ha reforzado estos criterios, señalando que el uso del inciso segundo debe ser excepcional y no una práctica habitual para evitar el pago de horas extraordinarias.
Puedes revisar el dictamen N.º 3369/063 de la Dirección del Trabajo para mayor detalle.
Riesgos legales por uso indebido
Aplicar el artículo 22 inciso 2 del Código del Trabajo sin justificación puede generar:
- Multas por parte de la Dirección del Trabajo.
- Demandas judiciales por horas extraordinarias impagas.
- Reputación negativa en caso de fiscalización pública.
- Obligación de pagar retroactivamente beneficios laborales.
Buenas prácticas para empleadores
- Redacta contratos con descripción detallada de funciones.
- Evita cláusulas genéricas que excluyan jornada sin justificación.
- No exijas control de asistencia a trabajadores excluidos.
- Documenta la autonomía funcional del cargo.
- Revisa contratos frente a cambios normativos como la ley de 40 horas.
Recomendaciones para trabajadores

- Solicita copia del contrato y verifica si aplica el inciso segundo.
- Evalúa si existe supervisión directa o control funcional.
- Reclama ante la Dirección del Trabajo si se vulneran tus derechos.
- Consulta con abogados laborales en caso de dudas o conflictos.
El artículo 22 del Código del Trabajo es una herramienta clave para organizar la jornada laboral en Chile. Su correcta aplicación permite flexibilidad, pero también exige responsabilidad legal. Con la entrada en vigencia de nuevas normativas, como la ley de 40 horas, es fundamental que empresas y trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones.
¿Tienes dudas sobre tu jornada laboral o cómo aplicar el artículo 22 en tu empresa? En Tu Pregunta Legal, te orientamos con claridad y respaldo jurídico.
FAQ
- ¿Qué dice el artículo 22 del Código del Trabajo sobre la jornada laboral? El artículo 22 del Código del Trabajo establece que la jornada ordinaria no debe superar las 45 horas semanales, salvo excepciones específicas.
- ¿Quiénes están excluidos del límite de jornada laboral según el artículo 22? El artículo 22 inciso 2 excluye a trabajadores autónomos, gerentes y quienes no tienen supervisión directa.
- ¿Si trabajo desde casa, me aplica el artículo 22 inciso 2? Sí, si prestas servicios desde tu casa sin supervisión directa, puedes estar excluido del límite de jornada.
- ¿Me tienen que pagar horas extra si estoy bajo el artículo 22 inciso 2? No, si estás correctamente excluido por el inciso 2, no corresponde el pago de horas extraordinarias.
- ¿Qué pasa si mi empleador me exige marcar asistencia pero dice que no tengo jornada? Si te exigen marcar asistencia, se presume que tienes jornada ordinaria y deben pagarte horas extra si trabajas más.
- ¿Cómo sé si mi contrato aplica el artículo 22 inciso 2? Tu contrato debe indicar claramente que trabajas sin fiscalización directa y que estás excluido del límite de jornada.






